Por qué debe tener una dirección en EE. UU. para la correspondencia de la FAA antes del 2 de abril de 2025

Comprenda por qué los pilotos internacionales necesitan una dirección en EE. UU. para cumplir con los requisitos de la FAA antes de 2025 y cómo mantener sus privilegios de vuelo.

La Administración Federal de Aviación (FAA) ha promulgado un reglamento que obliga a los pilotos con residencia en el extranjero a designar a un agente con sede en EE. UU. para la notificación del proceso. Esto no es solo una opción, es una necesidad. Si no cumple con los requisitos, es posible que no pueda ejercer los privilegios de piloto que tanto le costó ganar, no de forma indefinida, sino hasta que cumpla con el requisito. Profundicemos en los detalles de esta nueva regla y en cómo podría afectar no solo a su derecho a volar, sino también a todas sus operaciones de aviación.

Navegando por el nuevo requisito

Las fechas importantes a tener en cuenta son el 2 de abril de 2025 y el 7 de julio de 2025. Estas fechas corresponden a diferentes etapas del cronograma de cumplimiento de la normativa de la FAA. Entender quién debe cumplir y cuándo es crucial.

2 de abril de 2025: fecha límite para los solicitantes

Antes de esta fecha, cualquier solicitante que solicite un certificado, una calificación o una autorización en virtud de las partes 47, 61, 63, 65, 67 o 107 debe designar a un agente estadounidense para la notificación del proceso. Si va a solicitar nuevas credenciales de la FAA, debe cumplir este requisito antes del mes de abril. Si no cumples con las normas, la FAA no te emitirá ningún certificado o calificación nuevo.

7 de julio de 2025: fecha límite para los titulares actuales

Para los titulares actuales de certificados, calificaciones o autorizaciones emitidos en virtud de estas mismas partes, la fecha crítica es el 7 de julio de 2025. Esto incluye a cualquier persona que actualmente posea dichas credenciales. Si no las cumple antes de esta fecha posterior, no podrá ejercer los privilegios asociados a sus certificados actuales. Además, el registro de su aeronave podría dejar de ser efectivo si no ha designado a un agente estadounidense.

Descripción general del cumplimiento

Esta regla se aplica en general a cualquier persona que posea o solicite certificaciones de la FAA con una dirección en el extranjero, que incluye:

  • Pilotos y propietarios de aeronaves: Aquellos con certificados o registros.
  • Empresas de aviación: Operar internacionalmente, como los servicios de chárter.
  • Escuelas de vuelo y entidades de formación con certificaciones de la FAA.
  • Candidatos generales para cualquier documento o licencia relacionada con la FAA.

Consecuencias de ignorar el cumplimiento

El incumplimiento no equivale a una revocación total de sus credenciales de piloto, pero sin duda suspende sus privilegios hasta que cumpla con el requisito. Esta pausa puede interrumpir considerablemente sus operaciones, tanto si vuela de forma recreativa como profesional. Esta interrupción también puede hacer que se pierdan oportunidades y podría afectar a la planificación de las actividades de aviación personal y empresarial.

Soluciones y oportunidades prácticas

Evitar estos contratiempos es vital y, afortunadamente, la solución es sencilla. Si bien puede pensar que un simple servicio de buzón de correo sería suficiente, la FAA exige más: una dirección física con un agente designado registrado en EE. UU.. Esto garantiza la recepción legítima de los documentos e inicia el período de respuesta para cualquier comunicación urgente de la FAA.

Soluciones disponibles

Algunos fideicomisarios pueden ampliar sus servicios para incluir este requisito como parte de sus ofertas administrativas. Sin embargo, para la mayoría de los titulares de certificados que no están asociados con un fideicomisario, existen formas alternativas de garantizar el cumplimiento. Valiair ofrece uno de estos servicios, que proporciona una solución rentable y eficiente:

  • Por 75$ al año: Esta tarifa razonable garantiza algo más que tranquilidad; asegura sus actividades de aviación.
  • Dirección exclusiva en EE. UU. y agente registrado: Una dirección legítima y reconocida, combinada con un agente registrado designado, garantiza que toda la correspondencia de la FAA le llegue legalmente.
  • Reenvío digital en tiempo real: No se preocupe por perder el ritmo; reciba los documentos importantes rápidamente, esté donde esté.
  • Acceso seguro al panel de control: Mantenga el control y la organización de sus comunicaciones de forma cómoda.

Implicaciones de amplio alcance

En el mundo de la aviación, la comunicación puntual y precisa es lo más importante. Este mandato de la FAA subraya un compromiso más amplio con la seguridad y la eficiencia de la aviación. Si bien la dirección requerida en EE. UU. puede parecer trivial, desempeña un papel crucial a la hora de mantener vías de comunicación fluidas.

Al actuar ahora, no solo garantiza el cumplimiento, sino que también refuerza su dedicación al profesionalismo de la aviación. No permita que algo tan simple como una dirección sea un obstáculo para sus aspiraciones en materia de aviación. Evalúe sus opciones, aproveche las soluciones disponibles y asegúrese de que sus vuelos se desarrollen sin interrupciones. Prepárese hoy para volar mañana con confianza.

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Marco Reininger
CEO
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