Si está al día con las regulaciones de la FAA, es probable que ya haya oído hablar de la nueva regulación de la FAA que exige que todos los titulares de certificados de la FAA que residan fuera de los EE. UU. designen a un agente de servicio de EE. UU. Ahora, hay una actualización importante: la FAA acaba de anunciar una ampliación del plazo de cumplimiento, lo que da a los titulares de certificados internacionales de la FAA más tiempo para designar a un agente registrado para el servicio.
La comunidad de la aviación se ha estado preparando para la fecha límite del 6 de enero de 2025, pero el reciente anuncio de la FAA trae buenas noticias para quienes aún trabajan para lograr el cumplimiento. Analicemos lo que significa esta prórroga para usted y analicemos las posibles opciones sobre cómo proceder para cumplir con las normas y evitar cualquier interrupción de los privilegios asociados a sus certificados actuales de la FAA.
La FAA ha retrasado oficialmente las fechas de cumplimiento:
La FAA anunció esta extensión el 30 de diciembre de 2024, principalmente para garantizar el lanzamiento exitoso del sitio web del Sistema de Agentes de Servicio (USAS) de los Estados Unidos, la única plataforma autorizada para la designación de agentes de servicio registrados.
El incumplimiento de la nueva normativa de la FAA sobre la contratación oportuna de un agente de servicio de los EE. UU. puede tener repercusiones negativas en sus solicitudes de certificados, calificaciones y autorizaciones de la FAA, lo que significa que la FAA no emitirá nuevos certificados o calificaciones.
Los titulares actuales de certificados, calificaciones o autorizaciones de la FAA están igualmente sujetos a estos nuevos requisitos. Si no se designa a un agente estadounidense para prestar servicio dentro del plazo estipulado, se suspenderán los privilegios asociados a sus credenciales de aviación.
El sitio web de USAS será la piedra angular de este nuevo sistema. Cuando se lance el 2 de abril de 2025, será:
La FAA ha proporcionado dos vías claras para el cumplimiento:
1. Proporcione una dirección física de EE. UU.
Si tiene acceso a una dirección física en EE. UU., puede actualizar sus registros mediante los procesos estándar de la FAA para aviadores o propietarios de aeronaves. Esto elimina la necesidad de un agente estadounidense.
2. Designe a un agente estadounidense
Si no tiene una dirección en EE. UU., debe designar a un agente estadounidense a través del próximo sitio web de USAS (U.S. Agent for Service), que será el único método aceptable para la designación de agentes.
Para aquellos que necesitan designar a un agente en EE. UU., Valiair ofrece un servicio especializado diseñado específicamente para los profesionales de la aviación.
Nuestra solución integral incluye:
El proceso es sencillo:
Con la extensión de la fecha límite de la FAA, ahora tiene tiempo adicional para hacer los arreglos, pero es aconsejable actuar con anticipación. Ya sea que decidas proporcionar tu propia dirección en EE. UU. o trabajar con un servicio de agencia estadounidense como Valiair, garantizar el cumplimiento antes de la fecha límite es crucial para mantener tus certificaciones de la FAA.
Recuerde que el sitio web de USAS será la única forma aceptable de designar a un agente estadounidense cuando se lance el 2 de abril de 2025. Planificar con antelación le ayudará a evitar complicaciones de última hora y a garantizar que sus operaciones de aviación se desarrollen sin problemas.
Este nuevo requisito representa un cambio importante en la forma en que la FAA gestiona las comunicaciones con los profesionales de la aviación internacional. Si comprende y cumple estos requisitos a tiempo, puede garantizar su cumplimiento y centrarse en lo que más importa: su certificado de la FAA y el futuro de la aviación.